Tenía pensado poner reflexiones sobre este tema, pero la verdad es que yo creo que la realidad habla por sí misma, y cada uno debería sacar sus propias conclusiones. Yo doy mi opinión en el título de este post. Así que extraigo de la noticia de Público:
Despido objetivo. Bastará con prever pérdidas
La empresa podrá despedir por causas objetivas (20 días de indemnización) si tiene pérdidas o espera incurrir en ellas, así como por una caída "persistente" de ingresos.
Absentismo. El cómputo para toda la empresa se rebaja [...]
Contrato de 33 días. Sólo un mes en paro y obligado a demostrar el fraude
Estar un mes en el paro (en el decreto original eran tres meses) bastará para acceder al contrato de fomento del empleo (con 33 días de indemnización).[...] Además, al empleado despedido le corresponderá la "carga de la prueba" para demostrar que la empresa ha [...] cometido fraude.
Fogasa. El Estado paga 8 días del paro
[...] pero sólo en el caso de las extinciones de contratos indefinidos.
Temporalidad. Aumento de las indemnizaciones
Como forma de penalizar la temporalidad, la reforma contiene un aumento progresivo de las indemnizaciones por despido en el caso de los contratos temporales.
ETT. Más poder para las empresas de colocación
La reforma laboral amplia el terreno en el que pueden actuar las Empresas de Trabajo Temporal (ETT). A partir del 1 de enero de 2011 se eliminan todas las prohibiciones y limitaciones ahora vigentes para la contratación a través de las ETT, por ejemplo la que impide contratar a trabajadores para el sector de la construcción.